CAMBIO CLIMÁTICO: HIDROLOGÍA Y SOCIEDAD

¿Cuál es la utilidad de las convenciones y pactos internacionales para enfrentar los efectos del cambio climático: inundaciones?

Dr. Enrique González Sosa

 

El 12 de diciembre de 2015 fue adoptado el Acuerdo de Paris sobre el Cambio Climático, en el marco de la Convención de las Naciones Unidas, el cual en su artículo 8 dice: «Las partes reconocen la necesidad de evitar y reducir al mínimo las pérdidas y daños relacionados con los efectos nefastos del cambio climático, principalmente, los fenómenos meteorológicos extremos y los fenómenos que se manifiesten lentamente, y la de tomar medidas en el ámbito del desarrollo sustentable y en el contexto de la reducción del riesgo de daños y pérdidas».

 

No obstante lo anterior, vemos que los problemas asociados con el cambio climático no cesan en el mundo; en 2017, por ejemplo: el 30 de mayo, una lluvia provocó una inundación importante en la zona sur de la Ciudad de México, 80 cm de altura de agua; el 4 de julio se reportó la inundación de la autopista México-Puebla en la zona de Santa Martha Acatitla; el 26 de junio, en Querétaro fueron afectadas las colonias Centro Histórico, Niños Héroes, Prolongación Zaragoza, El Jacal, Plazas del Sol, Colinas del Cimatario, 5 de febrero, así como en las calles del Centro Histórico, Bernardo Quintana, Anillo Vial Junípero Serra, Prolongación Zaragoza y Pról. Bernardo Quinta; el 6 de julio, intensas lluvias en Japón dejaron más de 400 000 damnificados; entre otros más severos como el ocurrido en marzo, en Perú.

 

Ante esta situación, dar un paso atrás en los acuerdos y pactos significa estar en contra del desarrollo y del bienestar de la humanidad. El 24 de junio, en París, en La Sorbonne Université, se reunieron 80 expertos de 40 países para elaborar un anteproyecto mundial para el medio ambiente, compuesto por 26 artículos, apoyado por el presidente de Francia, Emmanuel Macron, con el fin de fortalecer el primer pacto internacional adoptado en 1966, en el seno de la Asamblea de las Naciones Unidas; del cual, subrayo lo referente a la precaución, artículo 6: «En el caso del riesgo de daños graves o irreversibles, la falta de la certidumbre científica no debe servir de pretexto para retardar la adopción de medidas efectivas y provisión dirigida para prevenir la degradación del medio ambiente».

 

Por otra parte, en lo referente a las inundaciones, el 18 de marzo de 2015, en la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas fue adoptado en Sendai, Japón, el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, el cual sustituyó al Marco de Acción de Hyogo para 2005-2015: Aumento de la resiliencia de las naciones y las comunidades ante los desastres. En el capítulo IV de Prioridades de Acción, del Marco de Sendai, punto 24, inciso a), se establece: «fomentar la recopilación, el análisis, la gestión y el uso de datos pertinentes e información práctica y garantizar su difusión teniendo en cuenta las necesidades de las diferentes categorías de usuarios, como corresponda»; mientras que en el punto 25, inciso g):

 

«Intensificar la labor científica y técnica sobre la reducción del riesgo de desastres y su movilización mediante la coordinación de las redes existentes y las instituciones de investigación científica a todos los niveles y en todas las regiones, con el apoyo del Grupo Asesor Científico y Técnico de la Oficina de las Naciones Unidas para la Reducción del Riesgo de Desastres, a fin de: fortalecer la base empírica para apoyar la aplicación del presente Marco; promover la investigación científica sobre las pautas, las causas y los efectos del riesgo de desastres; difundir información sobre los riesgos haciendo el mejor uso posible de la tecnología de información geoespacial; proporcionar orientaciones sobre las metodologías y normas para la evaluación de riesgos, la creación de modelos sobre el riesgo de desastres y el uso de datos; detectar las carencias en investigación y tecnología, y establecer recomendaciones acerca de las esferas prioritarias de investigación para la reducción del riesgo de desastres; promover y apoyar la disponibilidad y aplicación de la ciencia y la tecnología para la toma de decisiones; contribuir a la actualización de la publicación 2009 UNISDR Terminología sobre Reducción del Riesgo de Desastres; utilizar los exámenes realizados después de los desastres como oportunidades para mejorar el aprendizaje y las políticas públicas; y difundir estudios».

 

Y todo esto, ¿qué?, ¿es de utilidad? o ¿para qué sirven las convenciones y pactos, cuando la sociedad sigue padeciendo daños graves o irreversibles?, ¿quién los aplica y quién los respeta?, aún más, sigue siendo escasa o nula la información y la consulta geoespacial para proporcionar orientaciones sobre las metodologías y normas para prevención y la evaluación de riesgos.

 

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Dr. Enrique González Sosa

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